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Verifactu: qué es, cuándo es obligatorio y cómo lo dejamos resuelto en tu negocio

Verifactu cambia cómo factura toda España: registros inalterables, QR obligatorio y plazos que llegan en 2027. Te explicamos qué es, a quién obliga, qué multas hay y cómo lo gestionamos por ti para que no tengas que preocuparte.

Equipo Latech·28 de mayo de 2026· 9 min

Qué es Verifactu (y por qué te afecta aunque no lo hayas pedido)

Verifactu es el nuevo sistema con el que Hacienda quiere acabar con el fraude en la facturación. La idea es simple: que ninguna factura se pueda borrar ni manipular después de emitirse. Cada factura que generes con un programa informático tiene que quedar registrada de forma íntegra, trazable e inalterable, encadenada con la anterior mediante una huella digital.

No es una recomendación ni una moda. Es un reglamento (el Real Decreto 1007/2023, modificado por el RD 254/2025) que desarrolla la Ley Antifraude de 2021. Y afecta a prácticamente cualquier empresario o autónomo que emita facturas con un software, no con un talonario de papel.

Lo importante: no tienes que entender la letra pequeña, pero sí asegurarte de que tu software cumple. Si emites facturas desde tu tienda online, tu TPV, tu programa de gestión o una hoja de cálculo, esto te toca de lleno.

A quién obliga exactamente (autónomos, sociedades y quién queda fuera)

La norma alcanza a todos los empresarios y profesionales que usen un programa o sistema informático para facturar:

  • Autónomos en estimación directa que emitan facturas con cualquier software.
  • Sociedades y demás personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • Entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente en España.

¿Y quién queda fuera? Principalmente, quien ya está en el SII (el Suministro Inmediato de Información del IVA, obligatorio para grandes empresas y grupos de IVA), que tiene su propio sistema y queda exento del reglamento Verifactu. También quedan al margen quienes facturan exclusivamente en papel, aunque a estas alturas son una rareza.

Si tienes una tienda online, una pyme o eres autónomo y facturas con software, la respuesta corta es: sí, te obliga.

Las fechas que de verdad importan: los plazos hasta 2027

Aquí ha habido movimiento, así que olvida lo que leíste hace un año. Tras la última prórroga, el calendario vigente es este:

  • 29 de julio de 2025 — Los fabricantes y desarrolladores de software de facturación solo pueden vender o licenciar programas ya adaptados a Verifactu. Es decir, el software nuevo del mercado ya debería cumplir.
  • 1 de enero de 2027 — Fecha límite para que las sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) tengan sus sistemas adaptados.
  • 1 de julio de 2027 — Fecha límite para el resto de obligados: autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente.
La entrada en vigor para empresas y autónomos se retrasó a 2027 para permitir una implantación ordenada. Pero el software ya tiene que cumplir desde julio de 2025: el plazo extra es para ti, no para que sigas usando un programa obsoleto.

Traducción práctica: tienes margen, pero el reloj corre. Y cuanto antes lo dejes resuelto, menos prisas y menos riesgo de elegir mal con la fecha encima.

Qué tiene que cumplir tu facturación para ser Verifactu

Estos son los requisitos técnicos que tu sistema de facturación debe garantizar. No hace falta que los implementes tú, pero conviene que sepas qué estás exigiendo:

  • Integridad e inalterabilidad. Una vez emitida, la factura no se puede modificar ni borrar sin dejar rastro.
  • Huella o hash encadenado. Cada registro lleva una huella digital que lo enlaza con el anterior, formando una cadena que delata cualquier manipulación.
  • Trazabilidad y registro de eventos. El sistema guarda un historial de todo lo que pasa: emisión, anulación, rectificación.
  • Código QR obligatorio en cada factura, para que cliente y Hacienda puedan verificarla.
  • Leyenda legal en la factura: la mención "Factura verificable en la Sede electrónica de la AEAT" o "VERI*FACTU" según la modalidad.
  • Firma electrónica de los registros cuando proceda.
  • Declaración responsable del fabricante que certifica que el software cumple el reglamento.

Si tu programa actual no hace todo esto, no es Verifactu, por mucho que el comercial te diga lo contrario.

Las dos formas de cumplir: con envío o sin envío a Hacienda

El reglamento permite dos modalidades, y conviene entender la diferencia:

  • **Con remisión automática (la que da nombre al sistema, VERIFACTU).* El software envía cada registro de facturación a la AEAT en el momento de emitir. A cambio de ese envío, tus obligaciones de conservación se simplifican: Hacienda ya tiene la copia.
  • Sin remisión (no verificable). El sistema no envía nada en tiempo real, pero debe cumplir requisitos más estrictos de conservación, firma e inalterabilidad, y estar siempre disponible para una inspección.

Para la mayoría de pymes y tiendas online, la modalidad con envío suele ser la más cómoda: menos cosas que custodiar y la tranquilidad de que el registro ya está en Hacienda. Pero la decisión depende de tu caso, y es justo lo que ayudamos a definir.

Qué pasa si no cumples: las sanciones

Esto no es papel mojado. La Ley Antifraude introdujo un régimen sancionador específico (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria):

  • Hasta 50.000 € por ejercicio para quien use o tenga un sistema de facturación que no cumpla el reglamento. Y es por cada año: dos ejercicios incumpliendo pueden ser 100.000 €.
  • Hasta 150.000 € por ejercicio y tipo de software para fabricantes y comercializadores que vendan programas no conformes.

La multa al usuario es fija y no depende de que hayas defraudado: basta con usar software inadecuado. Por eso lo barato sale caro si el programa no está homologado.

Cómo lo gestionamos nosotros (para que tú no tengas que pensar en ello)

Aquí está la parte buena: Verifactu es un problema técnico, y lo técnico es lo nuestro. Si trabajas con Latech, no tienes que convertirte en experto en facturación electrónica. Te lo dejamos resuelto de principio a fin:

  • Tu tienda online o tu web nacen Verifactu-ready. Cuando construimos un e-commerce o un sistema a medida, la facturación se integra ya conforme al reglamento: registros inalterables, huella encadenada, QR y leyenda legal incluidos.
  • Si ya tienes negocio, lo conectamos con software de facturación homologado. Integramos tu operativa con soluciones certificadas que sí cumplen, sin que tengas que cambiar tu forma de trabajar.
  • Elegimos por ti la modalidad correcta (con o sin remisión a la AEAT) según tu volumen, tu sector y tus necesidades de conservación.
  • Dejamos todo verificado y documentado: facturas con QR válido, declaración de conformidad en regla y nada que temer en una inspección.
  • Sin permanencia y con acompañamiento. Si la norma cambia otra vez —y en esto ha cambiado ya varias veces—, nos encargamos de mantener tu sistema al día.

En resumen: tú facturas con normalidad y nosotros nos aseguramos de que cada factura cumpla la ley. Cero quebraderos de cabeza, cero riesgo de sanción por software inadecuado.

Conclusión

Verifactu no es el fin del mundo, pero sí es de obligado cumplimiento, con multas serias y plazos que llegan en 2027. La diferencia entre vivirlo como una pesadilla burocrática o como un trámite invisible está en una sola decisión: con quién montas tu facturación.

Si quieres que tu tienda online o tu sistema de facturación cumplan Verifactu sin que tengas que entender una sola línea del reglamento, hablamos por WhatsApp y lo dejamos resuelto.

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